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sábado, 15 de marzo de 2014

Los Históricos ATRASOS de las Comisiones Directivas de ABGRA


Es  importante no solo saber que los Bibliotecarios Argentinos poseen una organización que puede representarlos Convencionalmente en todo el país, dada su personería gremial ad-hoc  homologada hace 54 años….sino también mencionar otra REMORA inexplicable, la cual pude obedecer a dos causas. La primera la negligencia voluntaria a asumir que clase de de entidad somos, dando de patadas la propia génesis de Abgra.
Y la segunda, la falta de un asesoramiento jurídico acorde;  me estoy refiriendo a la ACTUALIZARON del ESTATUTO conforme los términos del Art. 64 de la ley 23.551 [promulgada en 1988]….o sea aquí también el reloj de la inacción tiene 26 años de retardo.

Art. 64.- Las asociaciones sindicales deberán adecuar sus estatutos a las disposiciones de la presente ley, dentro de los ciento ochenta (180) días de publicada su reglamentación, la que deberá ser dictada dentro de los noventa (90) días por el Poder Ejecutivo Nacional.

ACLARACION: dicen que el que avisa….con relación al Estatuto de Abgra el 4 de octubre de 2013 envié sendas Notas [e-mails] a la presidenta y secretaria general de Abgra, cuya copia
Adjunto.

Estimada Sra. Presidenta de ABGRA
Lic.  Graciela Ayos:

Asunto: Estatuto Bibliotecario  
Me dirijo a la Sra. Presidenta de Abgra, con el objeto de hacerle llegar en archivo adjunto, el borrador de un anteproyecto de Estatuto Bibliotecario.
 La Asociación que usted  preside es una institución señera para los bibliotecarios argentinos, una referencia sine que non para todos los profesionales de esta muy querida profesión de servicio. 
LA ASOCIACIÓN, COMO USTED SABE, POSEE PERSONERÍA GREMIAL N° 354/60 en todo el territorio de la República Argentina,  otorgada en 1960 por la Secretaría de Trabajo y Previsión. 
En función a esta  circunstancia me he permitido  como ASOCIADO, la redacción del borrador de referencia, en la seguridad que el mismo podrá coadyuvar a un  eventual aggionarmiento del ya existente.

Sin otro particular, quedo a disposición de la entidad, en tanto sea factible.  
Le saluda con distinguido respeto!

Daniel Diaz / Bibliotecario Argentino
Buenos Aires 4 de octubre de 2013

Pasaron cinco meses..Ustedes que creen: Silencio estampa como decía el Coco Basile…previsible.


jueves, 2 de enero de 2014

Anteproyecto de Ley de Bibliotecas Populares [Actualización de la 23.351]



Estimada Sra. Presidenta de ABGRA
Lic.  Graciela Ayos:

Adjunto copia de un anteproyecto de actualización de la ley 23.351 de bibliotecas populares, norma que data de 1870 con la ley 419 de bibliotecas populares del Presidente Sarmiento y aggiornada en 1986 por la actual ley 23351 la cual consta de 19 artículos, a los cuales agregue 32,   más otras addendas intercaladas en los existentes. La importancia y significación de las bibliotecas populares en la comunidad es hoy más que nunca de una prioridad insoslayable, por cuanto cada entidad es una fuente de información irreemplazable,  centro de divulgación de la cultura del pueblo y  soporte educativo imprescindible.

El mismo es de mi autoría y la organización que usted preside, podrá evaluar la factibilidad del mismo, quedando el suscripto a la espera de cualquier colaboración al respecto.


La saluda con distinguido respeto


Daniel Díaz / Bibliotecario Argentino
Socio 2073


Buenos Aires, 02 de enero de 2014